Villena & Mateo Legal

Nacionalidad. CCSE

Pruebas acceso a nacionalidad
Información pruebas acceso

 

Nacionalidad.

  • La Ley 12/2015, de 24 de junio, para la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España (el día 30 de septiembre de 2015 entró en vigor la Instrucción de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la aplicación de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España), y
  •  La Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que en su disposición final séptima regula el procedimiento para la obtención de la nacionalidad española por residencia

Entre otros requisitos, ambas leyes exigen la superación de dos pruebas :

  • La prueba que acredita un conocimiento básico de la lengua española:
  • La prueba que acredita el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural españolas: CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales de España).

Los menores de edad y las personas tuteladas están exentos de realizar las dos pruebas.

¿Para qué sirve la prueba CCSE?

La superación de la prueba acredita el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural españolas, lo que es un requisito indispensable para la concesión de la nacionalidad española exigido en la ley.

¿Qué validez y vigencia tienen los certificados de haber superado la prueba CCSE?

La prueba CCSE es válida para expedientes de adquisición de la nacionalidad española para sefardíes y para residentes en España. La vigencia del certificado de haber superado la prueba será de 4 años a contar desde la fecha de la convocatoria de la prueba a la que se presentó el candidato

¿Cuándo se podrá hacer la prueba CCSE?

Está previsto que la prueba CCSE se realice el último jueves de cada mes (excepto agosto y diciembre en que no habrá convocatoria), en el horario que establezca el Instituto Cervantes.

Las fechas de convocatorias y plazos de inscripción para las mismas en los años 2015-2016 son las siguientes:

  • 2015
    • 29 de octubre (inscripción del 1 al 15 de octubre de 2015)
    • 26 de noviembre (inscripción del 1 de octubre al 12 de noviembre de 2015)
  • 2016
    • 28 de enero (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 14 de enero de 2016)
    • 25 de febrero (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 4 de febrero de 2016)
    • 31 de marzo (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 10 de marzo de 2016)
    • 28 de abril (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 7 de abril de 2016)
    • 26 de mayo (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 5 de mayo de 2016)
    • 30 de junio (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 9 de junio de 2016)
    • 28 de julio (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 7 de julio de 2016)
    • 29 de septiembre (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 8 septiembre de 2016)
    • 27 de octubre (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 6 de octubre de 2016)
    • 24 de noviembre (inscripción del 1 de octubre de 2015 al 3 de noviembre de 2016)

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