Villena & Mateo Legal

Familiar de comunitario.

Requisito Familiar comunitario
Familiar de comunitario
Familiar de comunitario. recomendación del Defensor de Pueblo,

Recomendación del Defensor del Pueblo de 25 de febrero de 2015. Solicita la eliminación de la exigencia de seguro de enfermedad a los ascendientes nacionales de terceros estados, de ciudadanos españoles residentes en España.

Recomendación del Defensor del Pueblo de 25 de febrero de 2015. Solicita al Ministerio de Empleo y Seguridad Social la eliminación de la exigencia de seguro de enfermedad a los ascendientes nacionales de terceros estados, de ciudadanos españoles residentes en España, como uno de los requisitos para acceder a la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
El Defensor del Pueblo solicita ala Administración que elimine el “criterio” de seguro médico a quienes solicitan la Tarjeta de Familiar de Comunitario Tantas veces cuestionada la Administración (oficinas de extranjeros) por los criterios que aplica en los distintos procedimientos de extranjería y ahora le ha tocado el turno al Defensor del Pueblo que solicita a la Administración que elimine el “criterio” de seguro médico a quien solicitan la Tarjeta de Familiar de Comunitario.

Por lo que se refiere al seguro público de enfermedad, se informa que los ascendientes directos de un ciudadano de la Unión no tienen la condión de asegurados, ni de beneficiarios del Sistema Nacional de Salud. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, establece en su artículo 3.4, que «tendrán la condición de beneficiario de un asegurado, siempre que residan en España, el cónyoge o persona con análoga relación de afectividad, que deberá acreditar la inscripción oficial correspondiente, el ex cónyuge a cargo del asegurado, así como los descendientes y personas asimiladas, por lo que la exigencia de un seguro médico a estos familiares, impiden el reconocimiento de derecho a la asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud reconocido en la Ley 16/2003

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