Villena & Mateo Legal

Expulsiones. Tribunal Constitucional.

Sentencia nueva
Tribunal Constitucional

Expulsiones. Jurisprudencia Tribunal Constitucional

Sala Segunda. Sentencia 63/2016, de 11 de abril de 2016. Recurso de amparo 4577-2011. Promovido por don José Vicente Lapo Estrada respecto de la diligencia de ordenación dictada por la Secretaría Judicial de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, convocando a las partes para la celebración de vista en proceso sobre de expulsión del territorio nacional, y del decreto de la misma Secretaría que confirmó aquella en reposición. Vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas: demora superior a dos años en la celebración de la vista del juicio en un procedimiento abreviado contencioso-administrativo(STC 142/2010).

(…) el juicio sobre el contenido concreto de las dilaciones, y sobre si son o no indebidas, debe ser el resultado de la aplicación a las circunstancias específicas de cada caso de los criterios objetivos que a lo largo de nuestra jurisprudencia se han ido precisando.

Tales son la complejidad del litigio, los márgenes ordinarios de duración de los litigios del mismo tipo, el interés que arriesga el demandante de amparo, su conducta procesal y la conducta de las autoridades.

(…) 7. Por todo lo anterior, cabe concluir que se ha vulnerado en este caso el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas del recurrente (art. 24.2 CE), como consecuencia de la fecha fijada por el órgano judicial para la celebración de la vista de su recurso contencioso-administrativo.

Al igual que en otros casos resueltos por este Tribunal (por todas, STC 89/2014, de 9 de junio, FJ 7), el otorgamiento del amparo debe limitarse a la declaración de la violación del derecho fundamental, dado que, celebrada efectivamente la vista en la dilatada fecha señalada en su día para el 22 de abril de 2014, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 27 de Madrid dictó, pocos días después, Sentencia estimatoria del recurso contra la resolución de expulsión.

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