Villena & Mateo Legal

Defensor del Pueblo.

Recomendaciones defensor del pueblo
defensor del pueblo

Recomendaciones de la Defensora del Pueblo en materia de migraciones:

– Recomendación relativa a la “Comprobación de que la policía ha adjuntado la ficha actualizada del registro central de extranjeros (adexttra) al procederse al ingreso de personas extranjeras en centros de internamiento” (pendiente de respuesta por parte de la Administración: Ministerio de Justicia. Ministerio Fiscal)

RESUMEN

Se ha constatado que en ocasiones, junto a la solicitud de autorización de internamiento que formula la Policía Nacional, no se da cuenta de los datos actualizados del extranjero tales como nuevo domicilio o situación familiar. Se considera necesario que se incorpore en todo caso a la solicitud de autorización del internamiento los datos actualizados de la situación del extranjero a la vista del tiempo que transcurre desde que se dicta la resolución que acuerda su expulsión o devolución y la fecha en la que se pretende ejecutar.

RECOMENDACIÓN

Impartir instrucciones con el fin de que, en la audiencia previa del Ministerio Fiscal que contempla el artículo 62 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y antes de que el juez acuerde el internamiento del extranjero, se compruebe que la policía ha adjuntando a la solicitud de autorización de internamiento la ficha actualizada del extranjero del Registro Central de Extranjeros (ADEXTTRA).

– Recomendación relativa a la “Trata de seres humanosCoordinación entre los cuerpos y fuerzas de seguridad nacionales y autonómicos” (pendiente de respuesta por parte de la Administración: Ministerio del Interior. Secretaría de Estado de Seguridad)

RESUMEN

Se constata la necesidad de mejorar la coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para evitar situaciones de revictimización para las víctimas de trata y prevenir detenciones en el marco de procedimientos sancionadores de la legislación de extranjería.

RECOMENDACIONES

1. Impulsar medidas de coordinación entre los cuerpos y fuerzas de seguridad nacionales y autonómicos al objeto de favorecer la prevención y la persecución del delito de trata de seres humanos.

2. Facilitar una adecuada atención a las víctimas del delito de trata de seres humanos de forma preferente y sumaria a las solicitudes formuladas para la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.

3. Comunicar a la Fiscalía General del Estado de manera inmediata los ofrecimientos de periodos de restablecimiento y reflexión y las solicitudes de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales formuladas por víctimas de trata.

-Recomendación relativa a la “Adecuada atención a las víctimas del delito de trata se seres humanos a través de una tramitación preferente y sumaria de las solicitudes formuladas para la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales” (pendiente de respuesta por parte de la Administración: Ministerio del Interior. Secretaría de Estado de Seguridad)

RESUMEN

Se ha podido comprobar que no siempre las solicitudes de autorización de trabajo y residencia de las víctimas de trata son tramitadas con la celeridad que estas situaciones requieren.

RECOMENDACIONES

1. Impulsar medidas de coordinación entre los cuerpos y fuerzas de seguridad nacionales y autonómicos al objeto de favorecer la prevención y la persecución del delito de trata de seres humanos.

2. Facilitar una adecuada atención a las víctimas del delito de trata de seres humanos de forma preferente y sumaria a las solicitudes formuladas para la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.

3. Comunicar a la Fiscalía General del Estado de manera inmediata los ofrecimientos de periodos de restablecimiento y reflexión y las solicitudes de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales formuladas por víctimas de trata.

– Recomendación relativa a la “Comunicación a la Fiscalía General del Estado de las solicitudes de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales formuladas por víctimas de trata” (pendiente de respuesta por parte de la Administración Ministerio del Interior. Secretaría de Estado de Seguridad)

RESUMEN

Se ha constatado que en los casos en los que la víctima de trata en situación documental irregular actúa como testigo en un procedimiento penal no se comunica de oficio a la Fiscalía el estado de tramitación de la autorización de trabajo y residencia que le corresponde.

RECOMENDACIONES

1. Impulsar medidas de coordinación entre los cuerpos y fuerzas de seguridad nacionales y autonómicos al objeto de favorecer la prevención y la persecución del delito de trata de seres humanos.

2. Facilitar una adecuada atención a las víctimas del delito de trata de seres humanos de forma preferente y sumaria a las solicitudes formuladas para la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.

3. Comunicar a la Fiscalía General del Estado de manera inmediata los ofrecimientos de periodos de restablecimiento y reflexión y las solicitudes de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales formuladas por víctimas de trata.

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