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Solicitud de Asilo

Solicitud de Asilo,

Pero, ¿quién puede pedirlo?

Según la http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/normativa/leyes-ordinarias/ley-12-2009-de-30-de-octubre, podrán solicitar asilo todo aquel que tenga un temor fundado para huir de su país por motivos raciales, sexuales, por opiniones políticas o religiosas.

También se reconoce la condición a la persona apátrida, que carece de nacionalidad y está en otro país distinto al suyo, no quiere o no puede regresar al mismo.

¿Dónde puedes solicitarlo?

Puedes hacerlo en los puestos fronterizos al entrar en España, bien en puertos o en aeropuertos.

También puedes hacerlo en las oficinas de Asilo y Refugio, y en los Centros de Internamiento para Extranjeros.

¿Puedes solicitarlo también desde fuera de España?

Solo para el supuesto de encontrarte en un tercer país distinto al tuyo. Así podrías hacer la petición desde la Embajada Española en el extranjero y pedir asilo.

¿Cuál es el procedimiento?

Primero hay que pedir cita en la Oficina de Asilo y Refugio: Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es) y tendrás que realizar una entrevista donde hay que exponer los motivos por los que has tenido que venir a España.

Es importante presentar pruebas documentales para poder justificar los motivos que te han llevado a huir de tu país de origen.

Se resuelve en el plazo de 1 mes si la solicitud se admite a trámite. Si lo has hecho en frontera, en 4 días tienen que darte respuesta.

¿Qué derechos tengo si solicito el Asilo?

El más importante, es que puedes permanecer en España durante el tiempo que tardan en resolver la solicitud. Además, se suspende cualquier orden de devolución y expulsión.

También puedes recibir asistencia jurídica y sanitaria, puedes recibir prestaciones sociales y a ser documentado como solicitante de protección internacional.

Al hacer la entrevista, tendrás un documento BLANCO con tus datos, que te permite permanecer en España. Si es admitida a trámite, tendrás un documento ROJO, que te permite permanecer de 3 a 6 meses, prorrogable. Una vez pasan esos 6 meses, puedes trabajar en España.

¿Cuál es el plazo para resolver?

Son 6 meses, aunque suele durar más. Si eso pasa, puedes informarte del motivo por el que se ha producido la demora.

Si finalmente te conceden el asilo, recuerda que en el plazo de 5 años puedes optar a la nacionalidad española.

¿Y si me deniegan mi solicitud?

Deberás abandonar España, salvo que tengas alguna autorización de residencia. También puedes interponer recurso de reposición en el plazo de 1 mes desde la resolución, o un recurso contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses.

Si quieres más información, puedes encontrarnos en Instagram: @avimatabogados, o en Facebook: Abogados Extranjería Madrid | Facebook. Además, puedes escribirnos a: info@leymadrid.com. ¡Estaremos encantados de ayudarte!

Solicitud de Asilo.

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