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Recién llegado a España

Recién llegado. ¿Qué debo hacer?

Acabo de llegar a España, pero estoy desorientado, ¿qué debo hacer? Son tantas las preguntas que me vienen a la cabeza que no se por donde empezar.

Muchos clientes nos preguntan qué documentación es la que necesitan, y otros, han generados expectativas que tal vez no lleguen a cumplirse.

Te orientamos a través de este artículos de 6 pasos que debes seguir:

  1. Búsqueda de piso

Alquilar un piso en España suele requerir que dejes uno o dos meses de fianza, y además, que dispongas de unos ingresos estables que comprobarán mediante una nómina. Si no tienes trabajo, va a ser complicado que puedas acceder a estos requisitos.

Puedes probar a alquilar una habitación en una vivienda donde puedan entender tu situación particular, comprometiéndote a cumplir con los gastos que conlleva para no tener problemas.

De este modo, podrás empadronarte en este domicilio, paso importante que te servirá de comprobante en el futuro de tu tiempo en España.

2. Empadronamiento.

Lo que te decíamos. Al tener un sitio donde vivir, puedes empadronarte en ese domicilio, con la autorización previa del titular de la vivienda o la copia del arrendamiento. Teniendo esto, podrás dirigirte al Ayuntamiento de tu municipio para empadronarte sin problema. También te pedirán un recibo de los gastos de la vivienda, así que lleva todo preparado.

3. Tarjeta Sanitaria.

Tendrás que consultar los requisitos de tu Comunidad Autónoma, siempre varían según donde te encuentres. Podremos apuntarnos, en general, con el empadronamiento y con el pasaporte, pero asegúrate de que esté vigente.

4. Inscripción en el Colegio.

Si tienes hijos, tendrás que inscribir a tus hijos en la escuela. La edad obligatoria de escolarización es desde los 6 hasta los 16 años, aunque se encuentren en situación irregular.

Puedes acudir a la Consejería de educación para que le asignen un centro escolar a tus hijos y necesitarás el padrón, el pasaporte de tus hijos y el libro de familia o la partida de nacimiento.

Las preinscripciones son desde febrero hasta abril aproximadamente, y las clases darán comienzo en septiembre.

5. Regularización de tu situación migratoria.

Si has ingresado con un visado de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena, residencia no lucrativa o estancia de larga duración, tienes que tramitar la tarjeta de identificación en el mes siguiente a tu llegada, que contiene el número de identificación de extranjero.

Tienes que solicitarlo en la Comisaría de Policía que corresponda según la localidad donde residas.

Si no estas en situación regular, te recomendamos que consultes a un abogado sobre cuáles pueden ser las consecuencias y las opciones que tienes, pues es algo complicado.

6. Regístrate en el consultado de tu país.

Hacer este trámite tiene sus ventajas.

Las Autoridades de tu país te tienen ubicado en el supuesto de sufrir alguna catástrofe natural, o accidente.

Puedes votar en las elecciones de tu país desde el extranjero.

Y en ocasiones es preciso para realizar algunos trámites.

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Recién llegado

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