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Estudiar en España

Estudiar en España.

¿Eres Extranjero y quieres estudiar en España?

Anímate y conoce cuáles son los requisitos y las ventajas que tendrás si finalmente te decides a hacerlo. Nuestros Centros de Estudios facilitan que las personas procedentes de otros países puedan a optar a esta autorización.

¿Qué es exactamente?

Como decíamos, es una autorización que te habilita a permanecer en España por un período superior a 90 días para realizar o ampliar los estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, con el fin de obtener un título o certificado de estudios.

¿Cuáles son los REQUISITOS?

  1. Proceder de país distinto a la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  2. Poder acceder a España libremente.
  3. Tener recursos económicos suficientes, para sufragar los gastos de estancia y regreso a tu país de origen. Habrá que tener en cuenta el IPREM, según lo establecido por la legislación.
  4. Disponer de un seguro médico público o privado.
  5. Si el estudiante es menor de edad, deberá contar con la autorización correspondiente.
  6. Ser admitido en un Centro de Enseñanza autorizado en España. Si la estancia es superior a 6 meses, se solicita además:
    • Carecer de antecedentes penales.
    • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública.

¿Cuál es el procedimiento?

El estudiante debe presentar la solicitud, o en el caso de los menores de edad, quién esté debidamente acreditado para hacerlo.

Se presentará en la Misión diplomática u oficina consultar española correspondiente.

Existe una tasa por la expedición del visado que hay que abonarla en el momento en el que se realiza la solicitud. El plazo que se da para la resolución es máximo de un mes, y si transcurre este plazo, y la Administración no ha dado respuesta alguna, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Una vez nos lo conceden, no hay que olvidar recogerlo, pues si transcurren dos meses desde la resolución y no se procede a hacerlo, se entiende que hemos renunciado al visado.

La duración de la estancia será la que corresponda según el curso que se vaya a realizar, con un máximo de 1 año, Si el curso tiene una duración de más de 6 meses, debes solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de 1 meses desde la entrada en España.

¿Puedo venir con familia?

Si, puedes hacerlo. Podrán venir contigo durante el tiempo que dura tu curso tu cónyuge, pareja de hecho, hijos menores de 18 años o que tengan una discapacidad y no puedan proveerse solos.

¿Puedo trabajar?

También puedes hacerlo. Eso sí, los ingresos que obtengas no deben tener carácter de recurso necesario para tu estancia, ni se consideran para una prórroga de la misma.

Además, este trabajo debe ser a tiempo parcial, y si fuera completa, o puede superar los tres meses ni coincidir con los periodos que se realicen los estudios.

¿Quieres más información?

Muy fácil. Contacta con nosotros a través de nuestra cuenta de Instagram: @avimatabogados o de Facebook: Abogados Extranjería Madrid | Facebook. Si lo prefieres, tenemos Whatsapp: 659940942.

Estudiar en España.

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